PREGUNTAS: En relación a la Implementación de los Registros Electrónicos de Comprobantes de Ventas y Compras, de Ingresos y Egresos en el Sistema Marangatu: ¿Quisiera saber si Ud. conoce como sería el proceso para el 2022, considerando el volumen de información a procesar? ¿Podría Ud. decirnos si habría algún cambio? ¿Conoce de alguna disposición al respecto? ¿Cómo afectará a los diferentes Contribuyentes?

RESPUESTA: La SET ha emitido la Resolución General Nº 104/21, que tiene por objetivo establecer un orden en la implementación del Registro de Comprobantes establecidos en la Resol. Gral. Nº 90/21. En esta Resol. Gral. Nº 104/21, la SET separa en 3 grupos a los Contribuyentes para la confirmación del Talón de Presentación:

GRUPO 1 INTEGRADO POR:

  • Los Contribuyentes designados como Agentes de Información, obligados a usar el Software Hechauka hasta el 31/12/21.
  • Contribuyentes designados en el Anexo de la RG Nº 90/21
  • Contribuyentes que se constituyeron en Agentes de Información en virtud de otras disposiciones legales y/o reglamentarias.
  • Contribuyentes que se inscriban en la obligación 211- IVA Gral. en el 2022

El vencimiento para la Confirmación del Talón de Presentación deberá hacerse hasta el día del Vencimiento del mes siguiente del Periodo Fiscal a Declarar, conforme al Calendario de Vencimientos de la Declaración Jurada Informativa.

GRUPO 2 INTEGRADO POR:

  • Contribuyentes que cuentan únicamente con la obligación Nº 211- IVA GENERAL (que no cuenten con obligaciones del impuesto a la renta).
  • Contribuyentes que cuentan con las obligaciones 211-IVA GENERAL y una de las obligaciones del IRE – Impuesto a la Renta Empresarial (700-IRE GENERAL, 701-IRE SIMPLE O 702-IRE RESIMPLE) y/o 716 IRP –RGC Impuesto a la Renta Personal y Ganancias de Capital, que no cuenten con la Obligación 715-IRP –RSP, Impuesto a la Renta Personal – Rentas del Servicio Personal.

En Periodos Fiscales Enero/Febrero/Marzo 2022 el vencimiento para la Confirmación del Talón de Presentación deberá hacerse hasta el 31 de Mayo 2022. A partir del Periodo Fiscal Abril/2022 para el Grupo 2, el registro de los comprobantes y la confirmación de la presentación deberá realizarse al mes siguiente del Periodo fiscal informado, conforme con lo previsto en el Artículo 7º de la Resol. Gral. Nº90/21.-

GRUPO 3 INTEGRADO POR:

Excepcionalmente para el ejercicio fiscal 2022:

  • Los Contribuyentes que cuenten con las obligaciones 715-IRP RSP y 211-IVA GENERAL solamente.
  • Contribuyente que cuenten con la obligación 715-IRP RSP, obligación vigente 211-IVA GENERAL y otros impuestos a las rentas.

Para el Periodo 2022, deberán confirmar el Talón de presentación en Febrero/2023. De la misma manera, los contribuyentes designados en el anexo Resol. Gral. Nº 90 /21 que cuenten con la obligación 956- Registro Anual de comprobantes y los que hayan incluido la obligación 211- IVA GENERAL durante el Ejercicio 2021 deberán confirmar el Talón de presentación en Febrero/2023. La SET dará el alta de las obligaciones según corresponda a los inscriptos en el RUC al 31/12/2021 y a los que se inscriban en el IVA GENERAL durante el Ejercicio 2022.

La implementación escalonada por sectores permitirá prever las contingencias a las que estará expuesto el Marangatu y los contribuyentes ante la carga masiva de datos.

Publicado el viernes 17 de diciembre de 2021 en el diario Ultima Hora de Asunción, en la página web www.rsa.com.py así como en redes sociales

Lic. Lilian María Torres Aguilar

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