PREGUNTA: Soy extranjero, me gustaría constituir una Empresa por Acciones Simplificadas EAS ¿Cuáles serían los requisitos y pasos a dar?
RESPUESTA: Los inversionistas extranjeros interesados en ingresar al mercado local tendrán que informarse sobre la constitución de los distintos tipos de sociedades además de estudiar sus diferencias y similitudes. Actualmente existe una nueva Personería Jurídica, a saber un tipo de sociedad orientada a los emprendedores para realizar actividades lucrativas de forma organizada y centrada.
CARACTERÍSTICAS: La Ley 6480/2020 crea la Empresa por Acciones Simplificadas (EAS). Comparten similitudes con las típicas sociedades como las S.A., constituidas con 2 o más socios personas físicas o jurídicas. La EAS no precisa de un capital mínimo, el capital es representado por acciones y las decisiones son tomadas en asambleas. Los integrantes de la EAS serán responsables por las obligaciones tributarias, financieras o de cualquier índole hasta el monto de los aportes.
PARTICULARIDADES. Aunque sea una empresa por acciones, también contempla la posibilidad de ser constituida por una sola persona, siendo esta una empresa unipersonal o sea de un solo dueño. Los extranjeros sin residencia podrán constituir una EAS. Para ello tendrán que nombrar un Representante Legal con documentación paraguaya designado vía poder. Si el capital constituido es de más de U$S 70.000 se considera a los extranjeros que crean la EAS “inversores” pudiendo acceder a la radicación permanente en Paraguay con mayor facilidad y rapidez. Una vez aclarados y determinados los componentes de la estructura de las EAS en sus 2 modalidades, societarias o unipersonal, se procede a la solicitud de apertura.
PRECONDICIONES PARA APERTURA:La solicitud y activación es totalmente online a través de la página web www.eas.mic.gov.py Antes de ingresar a procesar la solicitud es imprescindible contar con todos los documentos digitalizados según la modalidad escogida entre sociedad o unipersonal. Por ejemplo: los documentos de identidad de los socios, representante legal, administrador o director, forma de integración del capital (efectivo, mercaderías, inmuebles, etc.) más factura de uno de los servicios para demostrar el domicilio legal.
REQUISITOS: 1. Identidad Electrónica del Representante Legal: Al ingresar al sitio web es obligatorio contar con la identidad electrónica. Ésta se la puede obtener sólo con Cédula de Identidad Paraguaya. 2. Creación de los estatutos: para ello existen Estatutos Proforma (modelo 1 y 2) generado por el sistema que se va confeccionando automáticamente conforme se completa el registro EAS. 3. Trámite unificado: se realizan la inscripción en las demás Entidades del Estado en la misma solicitud de apertura.
PASOS: a) Registro Único del Contribuyente en la SET (Sub Secretaria de Estado de Tributación) para la gestión y obtención de documentos tributarios. b) Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social – MTESS para gestión de empleados según las normativas vigentes. Instituto de Previsión Social c) IPS para el seguro médico y aporte jubilatorio del empleado. Registro General de Personas y Estructuras Jurídicas – DGPEJ. c) Registro General de Beneficiarios Finales – DGBF.
OBSERVACIÓN: En las instituciones mencionadas en el punto b y c se realiza la inscripción de la empresa aunque no tenga empleados. Existen además trámites de habilitación que son considerados según el tipo de actividad que la empresa tiene previsto realizar.
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Publicada el martes 8 de agosto de 2023 en el diario Última Hora de Asunción, así como posteriormente en www.rsa.com.py y en redes sociales
Consultora Rodríguez Silvero & Asociados RSA