PREGUNTA: Como contribuyente estoy preocupado por lo que mi contadora me comentó sobre los problemas que tiene con el sistema MARANGATU. He cumplido con su pedido de entregarle mis documentos de manera temprana para que pueda hacer los registros en forma y tiempo. Sin embargo, me dice que aun no pudo completarlos por dificultades que se le presentan a la hora de utilizar el sistema de la SET y que me pueden generar multas.
RESPUESTA: Lo mencionado por su contadora es es cierto y los reclamos de los colegas contadores son válidos.Los errores, que arrojaba y en algunos casos sigue arrojando el sistema MARANGATU son variados: se resuelven unos y aparecen otros. Cada día nos sorprende algún error nuevo. Ciertamente el principal problema es con relación al registro de comprobantes conforme a la Resolución General 90/2021, pero no es el único.
El sistema se vuelve muy lento, tomando en algunos casos varios minutos, en confirmar las operaciones que se ingresan, pu diendo también emitir un mensaje de error que obliga a realizar la operación desde cero.
También hubo errores en la imputación de las facturas electrónicas, duplicándolas en algunos casos y omitiéndolas en otros.
Inclusive, en el último mes de febrero, informes obtenidos de la misma base de datos de la Subsecretaría de Estado de Tributación – SET dan resultados diferentes, como los registros electrónicos, y el Talón Resumen de Operaciones, formulario 242: las sumas de los mismos no eran iguales. En esta ocasión el problema estaba dado por las facturas electrónicas a crédito emitidas por los proveedores a través del sistema SIFEN, que si bien figuaraban en el libro de la SET, la suma en el formulario 242 no las tomaba.
Por lo tanto, al tiempo en exceso que demanda el ingreso de la información en el sistema MARANGATU, se le debe sumar el tiempo de controlar y encontrar los errores arrojados por este, ya sea por duplicaciones, omisiones o equivocaciones en los resultados, haciendo que la tarea del contador se retrase y pudiendo ocasionar que no pueda cumplir con los plazos de los vencimientos impositivos.
El sistema MARANGATU siempre tuvo sus fallas, pero nunca como las que desde este ejercicio 2023 está teniendo, inclusive en las Declaraciones Juradas Determinativas, con las cuales se liquida los impuestos.
La lentitud en la operativa del sistema, que se daban frecuentemente en fechas de vencimientos, también se estuvieron dando en fechas en los que no los había. Debemos recordar que los vencimientos comienzan a partir del día 7 hasta los días 26 de cada mes. En los días impares vencen las Declaraciones Juradas Determinativas y en los días pares vencen las Declaraciones Juradas Informativas como es el caso de los registros electrónicos.
Como lo mencionamos en el Consultorio Tributario publicado la semana pasada, la exoneración de las multas son sólo para la “confirmación del talón” de los registros electrónicos. No alcanza a las Declaraciones Juradas impositivas., En estas las multas, recargos e intereses son muy superiores.
Y si bien, se puede presentar las Declaraciones Juradas de impuestos sin confirmar los registros electrónicos, hay que tener en cuenta que todo buen profesional se asegura que sus registros contables concuerden con los registros de la SET antes de presentar las liquidaciones impositivas, con el fin de evitar inconsistencias. Es desalentador, para todos, comprobar que las inconsistencias son producto del mal funcionamiento del sistema proveído por la SET y de uso obligatorio.
Lamentablemente, las autoridades tributarias no lo reconocen y esto hace que se plantee una situación de gran incomodidad entre profesionales y autoridades, en lugar de buscar soluciones a los problemas. La flexibilización de los plazos de vencimientos de los impuestos, hasta que el sistema esté funcionando de manera eficiente, no sólo es justo, sino que también sería un signo de buena predisposición de la Autoridades Tributaris para con sus aliados estratégicos, los contadores.
Publicada el 16 de marzo de 2023 en el diario Última Hora de Asunción, así como posteriormente en www.rsa.com.py y en redes sociales
Lic. Carmen de Torres