Para el abordaje a realizar, es conveniente aclarar algunos conceptos básicos. Lo críptico en lenguaje no profesional es algo que resulta incomprensible o enigmático para quien no posee una clave de interpretación adecuada. En definiciones de la Real Academia Española críptico o críptica es un adjetivo perteneciente o relativo a la criptografía, utilizada para proteger las transacciones. Se la entiende también como oscura o enigmática.

DEFINICIONES TÉCNICAS. Ya en lenguaje profesional, los criptoactivos, incluyendo las criptominerías, las criptomonedas o criptodivisas, pueden definirse como una representación digital de valor o derechos. Es decir, se trata de activos que no existen de forma física. Son meramente códigos almacenados, a los que se accede electrónicamente. Pueden o no contar con respaldo de garantía física o financiera. Los criptoactivos han supuesto una innovación significativa en el mundo financiero. Entre ellos se pueden encontrar miles de categorías. Las más conocidas son bitcoin, ethereum o ripple, entre otras. Desde entonces han aparecido otras con varias y diferentes características.

SUPERVISIÓN VS LIBERTAD DE OPERACIÓN. ANTIGÜEDAD. Existen controversias sobre la supervisión a las criptomonedas. Unos afirman que deben operar en forma libre y descentralizada. Otros que deben tener control centralizado por los bancos centrales u otra entidad pública igual o similar. Algunos desean tener un rol descentralizado en lugar de una moneda digital de un banco central o “Central Bank Digital Currency” (CBDC). En cuanto al tiempo de existencia de criptominerías y criptomonedas su historia reciente le da una antigüedad limitada. dependiendo del método de clasificación. Algunas se iniciaron hace unos 10 años. No obstante, la mayoría lo hizo tan sólo hace 5.

VARIOPINTO DE PROYECTOS. En los últimos años surgió una cantidad impresionante de emprendimientos con proyectos de Criptominerías y Criptomonedas literalmente en todo el mundo, también nuestro país. A nivel global, las instituciones que controlan este tipo de proyectos son numerosas, sobre todo en los EEUU, en la Unión Europea (UE) y en otros países democráticos. Dichas instituciones advierten que las Criptominerías y Criptomonedas no tienen controles adecuados o aquellos, a los que están sometidas, son insuficientes. Por lo tanto, desaconsejan realizar operaciones con ellas. Esto último, sin embargo, no ocurre en Paraguay.  En nuestro país, algunas ya están trabajando “legalmente”. Las hay también trabajando ilegalmente, es decir sin que hubiesen sido autorizadas formalmente para hacerlo.

PUBLICACIÓN DE LA UPAP. Con respecto a lo expresado arriba, algunos científicos e instituciones han hecho un oportuno aporte sobre los riesgos que conllevan las Criptominerías y Criptomonedas. La revista de la UPAP la facilitó el Dr. Adolfo Ozuna. Se trata de su volumen 2, número 1 del 2022. Las siglas van por la Universidad Politécnica y Artística del Paraguay, sita en Avda. Mcal. López 1099 y con página web www.upap.edu.py. Está disponible para los interesados tanto en forma electrónica como impresa.

CONCLUSIÓN DE LA UPAP. Esta investigación tiene como objetivo analizar su impacto legal por la falta de normativas apropiadas para la utilización de Criptomonedas en el Paraguay. Es una investigación cualitativa de corte transversal, exploratorio y descriptivo. La recolección de datos se realizó en el 2022 mediante la revisión de documentos (libros, tesis y artículos científicos). Los criterios de inclusión fueron fuentes bibliográficas relacionadas al tema de las Criptomonedas y otros aspectos relacionados con ellas, tanto en el contexto nacional como internacional.

He aquí sus resultados más relevantes: las Criptomonedas no dependen de ningún Estado puesto que no existe una legislación que regule su uso y su valor podría llegar a ser nulo de un día para otro (sic). Asimismo, son consideradas muy cambiantes y de alta volatilidad. Teniendo en cuenta fallas informáticas eventuales, pueden generar poca transparencia, con riesgo de fraudes, evasión de impuestos, lavado de activos y otras numerosas ilegalidades. Se concluye que Paraguay tiene posibilidades de avanzar a través de los nuevos medios virtuales, siempre y cuando cuente con normas que regulen su uso en el mercado nacional. No las tiene (todavía?).

(continuará)

Publicado el domingo 5 de mayo de 2024 en el diario Última Hora de Asunción así como posteriormente en www.rsa.com.py y en redes sociales

Dr. Ricardo Rodríguez Silvero

Necesitas contactarnos?