Algunos pagos realizados por la Itaipú Binacional (IB) a la margen derecha, es decir al lado paraguayo de la misma, tienen que ver con ciertos componentes del Costo del Servicio de Electricidad (pagos que también se realizan al lado brasileño), así como con la compensación que se realiza a Paraguay por esa parte de la energía paraguaya en la IB, que no es consumida por nuestro país. Entre los primeros hay que distinguir:
- UTILIDADES DEL CAPITAL (ANDE y ELETROBRAS): Tienen que ver con la parte principal de las Utilidades, unos 6 millones de USD/año, que se paga a la cuenta de la ANDE con el Banco do Brasil en el vecino país. Es la deuda que tuvo que contraer la ANDE para aportar los 50 millones de USD correspondientes al capital propio de la IB, aportados en partes iguales por cada Alta Parte Contratante, vale decir que también Brasil aportó ese mismo importe.
- ROYALTIES: Corresponde a los pagos a cada una de las Altas Partes Contratantes, Paraguay y Brasil, en partes iguales, por la utilización del potencial hidráulico del rio Paraná para la producción de energía hidroeléctrica. En 2019 la suma abonada a Paraguay en este concepto ascendió a 271,70 millones USD; en 2020, a 203,9 millones USD. A Brasil le suelen corresponder sumas similares, dependiendo de la fórmula de cálculo utilizada a tal efecto. La actual asciende a 650 USD/GWh generados por 4 (factor multiplicador) y por un factor de ajuste establecido para mantener constante el valor del USD. Las remesas son acreditadas en el Banco Central del Paraguay en la cuenta 641 “Ministerio de Hacienda – Itaipú”.
- RESARCIMIENTO POR LAS CARGAS DE ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN (ANDE y ELETROBRAS). Corresponde a los pagos a la ANDE y a ELETROBRAS, en partes iguales, por las gestiones superiores de administración y supervisión relacionadas con la IB y los eventuales gastos inherentes. Se calculan con el equivalente de 50 USD por gigawat/hora generado y medido en la central eléctrica. Son pagos mediante encuentro de cuentas con débitos de la ANDE (sin movimiento financiero).
COMPENSACIÓN POR CESIÓN DE ENERGÍA. Por esa “cesión”, la Alta Parte Contratante que consume la “energía cedida” (Brasil) paga una “compensación” a la otra Parte (Paraguay) que cede la energía. Esa compensación equivale a 300 USD por gigawhat/hora cedido por 15,3 (factor multiplicador) y por un factor de ajuste con base 1986, para mantener constante el valor del USD. Esto se paga mensualmente a Paraguay en la moneda disponible por la IB. En 2019 se abonó en dicho concepto a nuestro país la suma de 295,3 millones USD; en 2020 fueron 240,8 millones USD. La IB actúa apenas como un “agente de facturación y traspaso”, ya que transfiere íntegramente esos valores a la Alta Parte Contratante (Paraguay) que cede la energía (léase el Reglamento del Anexo C). Los valores previstos constan en el Presupuesto Económico Anual de la IB, detallado y controlado de acuerdo con las normas de la misma: aparece como un ingreso y su consecuente egreso. Los valores pagados finalmente a Paraguay son el resultado de la energía efectivamente generada y cedida. Estos pagos a nuestro país se realizan en la cuenta del Banco Central del Paraguay Número 993, denominada MH – DGTP – Fondos Adicionales – Itaipú.
Como puede verse, cada año y en esos conceptos se están realizando pagos a la ANDE, al Banco Central del Paraguay y al Ministerio de Hacienda. Esta diferenciación conceptual y cómo se calculan estos datos fueron obtenidos del informe del Grupo de Trabajo de Economía a los Negociadores. La parte relacionada con las cuentas en las que se acreditan los pagos es información obtenida de la Ing. Mirtha Caballero, Superintendente de la Dirección Financiera de la IB.
Dr. Ricardo Rodriguez Silvero